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Investigan abandono de persona en el Hospital «Isola»

Un menor llamó porque su papá estaba mal. Le habrían dicho que irían “cuando sea una urgencia”. La ambulancia tardó una hora. Falleció al llegar al nosocomio.

La Justicia de Puerto Madryn inició una investigación por un presunto caso de abandono de persona seguido de muerte, y pidió secuestrar información del centro asistencial de esa ciudad.

La víctima fue identificada como Oscar Vargas, de 64 años, quien falleció tras sufrir una descompensación, pese a que su hijo habría llamado en varias oportunidades al nosocomio sin obtener respuesta.

El jueves a la noche tomó intervención el móvil policial de la Comisaría Tercera por haber un masculino descompensado.

Su hijo, menor de edad, informó que su papá estaba recostado en un colchón sobre el suelo porque padecía dolencias y le pidió a la policía que llame a una ambulancia, según consta en la causa.

La policía, a las 23.05, llamó de forma urgente al “107” para solicitar una ambulancia porque el hombre tenía dificultades para respirar y no podía mover parte de su cuerpo. La mujer que atendió le dijo que la ambulancia saldría “cuando sea una urgencia”, restándole importancia al pedido que hizo la Policía.

Ante ello, se le reiteró que la persona presentaba dolencias y solicitaban personal idóneo. La mujer dijo que “capaz” más tarde porque no estaban a disposición para “ese tipo de cosas”.

Luego, el joven volvió a comunicarse al celular suplicando que se hagan presente porque era una emergencia.

Una hora más tarde, se hizo presente un médico, y junto con el personal policial, trasladaron al sujeto hacia el hospital, a las 23.52. Oscar Vargas (64) falleció a posteriori del ingreso al hospital.

Según informó ayer el área de prensa de la fiscalía portuaria, se inició una investigación de oficio y se pidió secuestro de historia clínica y documentación correspondiente, a fin de evaluar las posibles responsabilidades del personal. La investigación es por presunto “abandono de personas seguido de muerte agravado de funcionarios públicos”.

Qué dice la ley

El Código Penal de nuestro país en su artículo 106 reprime al “que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado, será reprimido con prisión de 2 a 6 años. Si ocurriere la muerte, la pena será de 5 a 15 años de reclusión o prisión”.

DIARIO JORNADA