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Asignaciones familiares: el Gobierno eliminó el beneficio para la zona patagónica

El valor diferencial para la región fue quitado del cálculo, al igual que para las provincias del norte del país. También modificó los valores para acceder a ese régimen

El Gobierno dispuso hoy adecuar el límite máximo de ingresos para determinar el cobro de las asignaciones familiares, y a la vez eliminar los beneficios que alcanzaban a provincias de la Patagonia y del norte del país.

La medida se tomó a través de un decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial, que comenzará a regir para las asignaciones familiares que se perciban durante septiembre próximo.

De este modo, el Gobierno estableció que el límite máximo de ingresos aplicables a los beneficiarios de asignaciones familiares, será de 83.917 pesos (contra los 94.786 pesos actuales).

Además, aclaró que si uno de los integrantes del grupo familiar tuviera un ingreso superior a los 41.959 pesos, quedará excluido del cobro de las asignaciones.

Según el decreto, estos límites «no resultan aplicables para la determinación del valor de la Asignación por Maternidad», ni para los beneficiarios de la prestación por desempleo.

En el caso de las provincias patagónicas, el monto general por hijo que ascendía a $1.578 para los trabajadores en relación de dependencia con salarios más bajos, se incrementaba hasta los $3.155 y $3.407 para los registrados en Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego. Un beneficio igual tenían los hijos de los trabajadores registrados en Catamarca, Jujuy y Salta, entre otras zonas.

Pero ese concepto ahora fue eliminado para los contribuyentes en general y solo estará vigente para aquellos casos de hijos discapacitados.

El Poder Ejecutivo recordó que en 2012, la expresidente Cristina Kirchner modificó las condiciones de acceso a las asignaciones familiares, considerando al grupo familiar a los efectos del pago, en lugar de los ingresos de un solo titular.

En consecuencia, indicó que ahora «resulta conveniente asociar el valor del límite de ingresos mínimo habilitante para la liquidación de asignaciones familiares, con el valor de la base imponible mínima previsional».

«Más aún, teniendo en cuenta que el Sistema de Asignaciones Familiares, en su faz contributiva, tiene como fuente primordial de financiamiento a las contribuciones patronales y está fundado en los principios de reparto», añadió.

La adecuación, según el texto oficial, permitirá «evitar la eventual captación indebida de prestaciones de la seguridad social cuando los importes de las remuneraciones son declarados por el empleador en forma ilegítima, por un monto inferior al mínimo».